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Derecho Penal
Nulla poena sine praevia lege poenali.
El Derecho Penal puede parecerle a cualquier persona ordinaria muy alejado de su realidad cotidiana, ahora bien, hemos de ser conscientes que cualquier acción habitual en nuestra vida puede, en un momento determinado, tener relevancia penal, a saber, el hecho de conducir nuestro vehículo por ejemplo puede llevarnos a estar involucrados de forma activa o pasiva en un accidente de tráfico con daños en las personas o en las cosas con el subsiguiente juicio por delito o falta.

Desde nuestra Asesoría Jurídica, en primer lugar, tratamos a nuestros clientes con cercanía y empatía, para que puedan asimilar y gestionar adecuadamente la carga de verse denunciado, imputado, acusado, condenado o penado, o incluso desde el otro lado, esperar a que se resuelva positivamente la acción ejercitada contra un tercero por vía de denuncia o querella. En segundo lugar, velamos para que a nuestros clientes se les respeten en todos los procedimientos penales tanto sus derechos procesales (publicidad, oralidad, inmediación y contradicción) como sus derechos fundamentales, especialmente su presunción constitucional de inocencia.

De esta manera, somos expertos en cancelar antecedentes policiales y penales, en Juicios de Faltas (lesiones, amenazas, vejaciones, hurtos, etc.), en Juicios Rápidos (Delitos contra la Seguridad Vial), Procedimientos Ordinarios por toda clase de delitos, y en Procedimientos Sumarios.
A partir de lo anterior, planificamos la defensa de nuestros clientes planteando una estrategia adecuada al procedimiento penal a desarrollarse. Por honestidad no podemos comprometernos a la obtención de un resultado concreto, ya sea la absolución de nuestro cliente en caso de verse acusado, ya sea la condena del tercero acusado en caso de ser nuestro cliente quien ejercita la acción penal, pero sí nos comprometemos a una actuación diligente, profesional y honesta, en defensa de sus intereses, bien en el ejercicio de la defensa, bien en el de su acusación.

Una vez realizada la actuación en favor de nuestro cliente, nuestra intervención profesional no acaba ahí sino que continúa de manera especialmente importante si la condena del acusado supone una pena de privación de libertad. Si nuestro cliente ha sido la parte acusadora, le informamos de todas las fases por los que pasa el penado, desde permisos ordinarios o extraordinarios hasta cambios de régimen penitenciario, para así interponer los recursos oportunos en defensa de sus intereses. Si por el contrario, el penado es nuestro cliente, todos nuestros esfuerzos se encaminarán a proporcionarle una situación lo menos onerosa posible recurriendo todas las resoluciones que no sean ventajosas para él (clasificaciones de régimen, permisos carcelarios y paso al tercer grado). Todo esto configura la parte del Derecho Penal denominada Derecho Penitenciario.

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