ga('set', 'forceSSL', true); ga('send', 'pageview');
91 681 96 43 abogados@mareaura.com

Desde el pasado 17 de abril se han abierto las ayudas del Programa Continúa de la Comunidad de Madrid, dichas consisten en el pago de la cuota de autónomos del mes de marzo y abril de este año, en total 534 euros.

¿En qué situaciones podrá solicitarse la ayuda para Autónomos del Programa Continúa de la Comunidad de Madrid?

Podrán pedir esta ayuda las personas que:

  • Las personas que hayan iniciado su actividad en marzo, o de haberla iniciado antes hayan tenido una reducción en la facturación de al menos el 30% respecto del mes de febrero de 2020 o bien respecto del mes de marzo de 2019.2.-
  • Hay que estar dados de alta en el momento de pedir la solicitud en autónomos y permanecer dados de alta los tres meses siguientes al abono de la subvención, atención que si la subvención la abonan en el mes de septiembre, hay que continuar octubre, noviembre y diciembre en alta.
  • Estar al corriente de pagos con el Estado y con la Comunidad de Madrid.
  • Si se ha pedido la ayuda al Estado por la prestación extraordinaria por cese de actividad NO SE PUEDE PEDIR ESTA AYUDA.5.- Si se está pagando la tarifa plana, nada dice la normativa que esta ayuda sea incompatible.

¿Qué trámites son necesarios para solicitar la ayuda del Programa Continúa para Autónomos?

Para pedir esta ayuda sólo hay que presentar además de la solicitud, un certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social (que se consigue únicamente de forma electrónica) y el modelo 036 o 037 de alta.

Esta ayuda hay que pedirla obligatoriamente por internet con tu certificado digital.

¿Cómo puedo obtener más información sobre la nueva Ayuda de la Comunidad de Madrid para Autónomos?

A continuación el link con toda la información y con los enlaces a la solicitud.

https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/ayudas-autonomos-emprendedores-entidades-economia-social